El Consejo Provincial de Medio Ambiente rechazó el proyecto Salmonero de Melella y Milei

El órgano consultivo resolvió defender la plena vigencia de la norma sancionada en julio de 2021 que restringió la salmonicultura en aguas lacustres y marinas de jurisdicción provincial. Consideró que la nueva normativa propuesta por el Poder Ejecutivo representa un retroceso en materia ambiental, y cuestionó que no se haya garantizado una amplia participación ciudadana.
Actualidad05/12/2025Polo SurPolo Sur
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Con duros cuestionamientos al contenido de la propuesta como al trámite seguido para su evaluación, el Consejo Provincial de Medio Ambiente se pronunció en contra del proyecto del Poder Ejecutivo que impulsa la derogación de la ley 1355 y la aprobación de un marco normativo integral que regula la acuicultura, ya que afirma que plantea “una modificación total de la normativa ambiental vigente”.

En el que parece haber sido uno de sus últimos actos administrativos como Secretaria de Ambiente de la Provincia y presidenta del Consejo Provincial de Medio Ambiente, Andrea Bianchi elevó a la Legislatura, este miércoles 3, el Dictamen CPMA N° 002/2025.

En el documento, el Consejo señala que, ese corrimiento institucional representa un riesgo de fragmentación en la gestión, ya que el ambiente debe entenderse como un sistema integral, complejo y único. Bajo ese enfoque, sostiene que la gestión ambiental no admite abordajes sectoriales que debiliten controles o desdibujen responsabilidades. En esa línea, el dictamen apela a principios del derecho ambiental con jerarquía constitucional y legal, como no regresividad, precaución y prevención, y cita marcos normativos provinciales y nacionales, entre ellos la Constitución fueguina y la Ley General del Ambiente 25.675, como sustento de la obligación de mantener y fortalecer niveles de tutela ya alcanzados.

En el considerando del dictamen se pone el foco en dos aspectos centrales de la Ley 1355: su contenido y su origen. Por un lado, recuerda que la norma busca asegurar la protección, preservación y resguardo de los recursos naturales, los recursos genéticos y los ecosistemas lacustres y marinos, alineada con los principios rectores de la Ley Provincial 55 (Medio Ambiente), 244 (Pesca) y 1126 (Recursos Hídricos). Por otro lado, subraya que la ley fue resultado de un proceso participativo iniciado en 2018, con intervención de organizaciones de la sociedad civil, instituciones científico-tecnológicas y académicas, además de áreas técnicas del Poder Ejecutivo, en el marco del tratamiento en comisión de la Legislatura. Ese trayecto, sostiene, consolidó un consenso mayoritario de la comunidad fueguina que quedó plasmado en la sanción de 2021, a la vez que cuestiona que, pese al tiempo transcurrido desde su aprobación, la ley aún no fue reglamentada para su plena implementación.

Indica que la norma en cuestión contempló modalidades de producción artesanal controlada de especies como la trucha arco iris, la trucha marrón y la trucha de arroyo, con un tope de 50 toneladas anuales, y que la prohibición se orienta específicamente a la acuicultura en ecosistemas lacustres y marinos, quedando la producción en tierra sujeta a las reglas del uso consuntivo del agua establecidas en la ley 1126.

En cuanto al proyecto gubernamental, indica que del análisis preliminar del mismo surge que su aprobación podría implicar una modificación sustancial de la normativa vigente ya que otorgar a la Secretaría de Pesca atribuciones que hoy se encuadran en la legislación ambiental provincial bajo la órbita de la Secretaría de Ambiente, y que esa fragmentación “implica un cambio regresivo, en tanto el ambiente debe ser entendido como un sistema complejo y único en el cual su gestión y abordaje no puede ser fragmentada”, que además colisionaría con “los principios rectores de la ley General del Ambiente N°25.675 en relación al desarrollo sostenible de las actividades productivas”.

El pronunciamiento se completa con un reclamo sobre los procedimientos de discusión pública. El Consejo invoca el Acuerdo de Escazú, adoptado por Argentina mediante la Ley Nacional 27.566, para remarcar la obligación de garantizar participación abierta e inclusiva en decisiones ambientales. Según se plantea en el dictamen, el tratamiento en comisión del proyecto no habría asegurado un proceso transparente de debate público, a la altura de una reforma con impacto ambiental.

El documento lleva la firma de la representante de la Legislatura, de la ONG Manekenk, del CADIC y de la UNTDF.

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