La Corte Suprema admite demanda de Buenos Aires por subsidios al transporte

La Corte Suprema de la Nación aceptó la demanda presentada por la provincia de Buenos Aires contra el Estado Nacional por la eliminación del Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros. La administración nacional tiene un plazo de 60 días para responder a esta solicitud.
Judiciales29/10/2026PoloSurPoloSur

La Corte Suprema de la Nación ha admitido la demanda interpuesta por la provincia de Buenos Aires contra el Estado Nacional, en relación a la eliminación del Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País. Este fondo fue creado por ley con el objetivo de financiar el transporte urbano y suburbano fuera del Área Metropolitana de Buenos Aires. La decisión de la Corte establece que el Estado Nacional cuenta con un plazo de 60 días para presentar su respuesta a la demanda.

Este caso se ha convertido en un antecedente inmediato para otros reclamos provinciales relacionados con el financiamiento del transporte. En este sentido, la Corte Suprema también se declaró competente para analizar planteos similares presentados por las provincias de La Rioja y La Pampa. Los fallos correspondientes llevan las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

La provincia de Buenos Aires argumentó que no recibió transferencias durante el año 2024 y solicitó los recursos que le corresponden por el año 2023 y el primer trimestre de 2024, junto con los intereses acumulados. A raíz de la medida cautelar presentada, la Corte evaluará si es pertinente ordenar el pago inmediato de esas sumas, una vez que la Nación responda a la demanda o venza el plazo establecido.

El conflicto se originó el 8 de febrero de 2024, cuando el Gobierno de Javier Milei anunció que dejaría sin efecto los aportes destinados al transporte. Posteriormente, el artículo 18 del decreto de necesidad y urgencia 280/2024 formalizó esta decisión. Ante esta situación, la provincia de Buenos Aires inició una acción legal contra el Estado Nacional para que se declare la inconstitucionalidad de dicho artículo, además de solicitar que el Gobierno se abstenga de dictar normas o adoptar medidas que contradigan la ley vigente.

El Fondo de Compensación al Transporte Público de Pasajeros por Automotor Urbano y Suburbano del Interior del País, conocido como FCI, fue establecido por el artículo 125 de la ley 27.467 con el fin de sostener subsidios al transporte de pasajeros en las ciudades del interior. Buenos Aires sostiene que el mecanismo seguía vigente en el momento de su eliminación, ya que la ley 27.701 lo había prorrogado durante el año 2023 y el decreto 88/23 extendió su vigencia para el año 2024.

La continuidad del beneficio también estaba prevista en la resolución 86/23 del Ministerio de Transporte, que estableció la distribución de recursos para los primeros cuatro meses de 2023. La provincia de Buenos Aires destacó que había firmado convenios con el gobierno nacional que confirmaban la permanencia de este apoyo financiero.

La demanda fue interpuesta por el fiscal de Estado bonaerense, Hernán Rodolfo Gómez, junto a Jorge Mario Bru. Los representantes de la provincia cuestionaron la decisión del Poder Ejecutivo Nacional de derogar el fondo mediante un decreto de necesidad y urgencia.

La provincia argumentó que esta situación afectó el principio de legalidad, la división de poderes y la lealtad federal, que se entiende como la obligación de cooperación y coordinación entre la Nación y las provincias. La eliminación del Fondo de Compensación del Transporte (FCI) tuvo un impacto directo en los usuarios del transporte urbano y suburbano de los municipios que recibían compensaciones. Según el planteo presentado por Buenos Aires, esta supresión resultó en incrementos en las tarifas del transporte.

El 14 de mayo de 2024, la procuradora fiscal emitió un dictamen favorable para que la Corte interviniera en el caso. El tribunal adoptó esta recomendación y ordenó notificar el traslado de la demanda al Ministerio de Economía de la Nación.

La Rioja también logró que la Corte reconociera su competencia originaria en su demanda contra el Poder Ejecutivo Nacional y la Secretaría de Transporte. No obstante, la provincia deberá presentar un nuevo escrito inicial en un plazo de 10 días para que el conflicto continúe por la vía de un juicio ordinario.

La provincia había solicitado una medida autosatisfactiva, un mecanismo de urgencia que busca resolver un conflicto de forma inmediata y sin necesidad de un juicio posterior. Sin embargo, el tribunal consideró que el caso requiere más etapas de discusión entre las partes involucradas.

La resolución adoptó tres decisiones clave: asumió la competencia originaria, estableció el plazo para reformular la presentación y ordenó notificar a la Procuración del Tesoro de la Nación.

La Corte no elaboró fundamentos específicos para el caso de La Rioja y se remitió a lo resuelto en el expediente de Buenos Aires. Consideró que ambas controversias eran “sustancialmente análogas”, lo que permite aplicar un criterio jurídico definido recientemente sin necesidad de reiterar toda la argumentación presentada en el caso bonaerense.

La provincia de La Rioja cuenta con la representación del fiscal de Estado, Segundo Rodríguez, quien actúa junto a las abogadas Vilma Ghiano y Leticia Juárez Manfredini. En el momento de la decisión, el Estado Nacional no había presentado su postura en el expediente correspondiente.

La demanda de La Pampa seguirá un proceso similar al de la causa presentada por la provincia de Buenos Aires. El tribunal ha asumido la competencia originaria y ha dispuesto que el expediente avance como un juicio ordinario, lo que implica plazos y oportunidades de prueba más amplios que los que se ofrecen en un amparo.

La representación de La Pampa está a cargo del gobernador Sergio Ziliotto, la fiscal de Estado Romina Schmidt y el procurador de Rentas Araldo Arriola. El equipo legal que los asiste está compuesto por los abogados Raúl Reyes, Carlos Caasetta, Gerardo Amadeo y Esteban Conte Grand.

En otras noticias relacionadas, la Corte Suprema anuló un fallo laboral que había declarado inconstitucional una prohibición establecida por la Ley de Convertibilidad. La Cámara Nacional del Trabajo había dictaminado que se debía actualizar una indemnización por accidente laboral utilizando el Índice de Precios al Consumidor más un interés del 3%. Sin embargo, el máximo tribunal consideró que la decisión carecía de fundamentos suficientes y ordenó la emisión de una nueva sentencia.

Además, la Corte Suprema confirmó la condena a un empleado municipal por abusar de un compañero de trabajo en Córdoba. El incidente tuvo lugar en los talleres municipales de Villa Carlos Paz, y la víctima contaba con 18 años en el momento del hecho.

La AMIA otorgó un reconocimiento a la Morgue Judicial y al Cuerpo Médico Forense por su esfuerzo en adaptar las autopsias a las prácticas religiosas. Este reconocimiento abarcó a tres funcionarios de distintas dependencias de la Corte Suprema. La colaboración entre las instituciones ha permitido implementar procedimientos mínimamente invasivos y se contempla la futura instalación de un tomógrafo para realizar autopsias virtuales.

En un evento educativo, estudiantes de escuelas secundarias llevaron a cabo una recreación de un juicio oral en el Palacio de Justicia. Esta actividad marcó el cierre de la edición 2026 del programa de la Asociación de Magistrados, que tiene como objetivo acercar a los adolescentes al funcionamiento del sistema judicial a través de casos ficticios.

Por último, la Corte ratificó las condenas impuestas a siete militares por la muerte de un subteniente durante un rito iniciático. El oficial Matías Chirino, quien tenía 22 años al momento de su fallecimiento, perdió la vida durante una ceremonia de bienvenida en una unidad del Ejército ubicada en Corrientes. Las penas impuestas a los condenados oscilan entre seis años y seis meses y siete años y seis meses de prisión.

Fuente original: Infobae Judiciales.

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