
Readecuación de penas en un caso de corrupción en Corrientes
PoloSur
El Tribunal Oral Federal de Corrientes ha readecuado las penas impuestas a ocho personas relacionadas con una red de corrupción que operaba en el Juzgado Federal N° 1 de la ciudad. Esta decisión se produjo después de que la Cámara Federal de Casación Penal revocara las absoluciones previas por el delito de asociación ilícita y decidiera agravar la calificación legal de los implicados. A pesar de esta readecuación, el exjuez Carlos Vicente Soto Dávila, principal acusado y exlíder de la organización, ha logrado evitar temporalmente la aplicación de su nueva pena debido a un planteo relacionado con su estado de salud. Además, se encuentra a las puertas de un nuevo juicio por el robo de automóviles incautados.
La investigación judicial reveló que durante varios años existió una organización criminal compuesta por funcionarios públicos y abogados particulares. Este grupo se dedicaba a solicitar sumas de dinero a personas investigadas por narcotráfico, a cambio de ofrecerles resoluciones favorables, como exenciones de prisión, libertades o procesamientos por delitos menores. La Sala IV de la Cámara de Casación determinó a finales de 2024 que el exjuez Soto Dávila actuó como jefe de esta asociación ilícita, destacando que la estructura delictiva se benefició de la jerarquía del magistrado para emitir fallos espurios y manipular los expedientes bajo “arreglo” de aquellos que recibían un tratamiento legal, lo que les permitió evitar ser descubiertos.


En la audiencia de determinación de penas, el tribunal, conformado por los jueces Juan Manuel Iglesias, Simón Bracco y Fabián Cardozo, estableció los nuevos montos de detención. Pablo Carlos Molina, exsecretario judicial, fue condenado a 9 años y 6 meses de prisión, además de inhabilitación absoluta perpetua. Se le consideró miembro de la asociación ilícita y partícipe necesario en cinco hechos de cohecho pasivo agravado en concurso con prevaricato, siendo que anteriormente su pena era de 5 años. Por su parte, Federico Alberto Grau, secretario judicial, recibió una condena de 6 años y 6 meses de prisión e inhabilitación especial perpetua, al ser considerado responsable del delito de asociación ilícita en concurso real con el delito de cohecho pasivo agravado, que a su vez concurre de forma ideal con el de prevaricato. En el juicio, Grau había sido condenado a 4 años de prisión.
Duylio Horacio Barboza Galeano, abogado, fue condenado a 4 años y 6 meses de prisión por su participación en la organización delictiva, actuando como coautor de cohecho activo agravado en tres ocasiones. Anteriormente, su pena era de 2 años. Por su parte, Gregorio Humberto Giménez, también abogado, recibió una sentencia de 3 años y 6 meses de prisión por los delitos de asociación ilícita y coautoría de cohecho activo agravado. Tomás Alfredo Viglione, igualmente abogado, fue condenado a 3 años y 6 meses de prisión bajo la misma calificación de miembro de la banda y coautor de cohecho activo. Jorge Ricardo Vallejos, abogado, recibió una pena de 3 años y 6 meses de prisión por su participación en la organización criminal, con una condena previa de 2 años. Omar Antonio Serial, abogado, fue sentenciado a 2 años y 6 meses de prisión en suspenso por cohecho activo agravado. Juan Manuel Faraone, exintendente de Empedrado, fue condenado a 2 años de prisión en suspenso por cohecho activo agravado.
Durante el desarrollo del juicio, los fiscales Carlos Schaefer, Diego Iglesias y Martín Uriona solicitaron penas que alcanzan hasta 11 años de prisión, tras evaluar las circunstancias agravantes de los hechos. En cuanto a Carlos Soto Dávila, su situación procesal permanece en suspenso a pesar de las condenas impuestas a sus excolaboradores. La defensa del exmagistrado presentó un planteo de incapacidad sobreviniente, argumentando que no se encuentra en condiciones de enfrentar la audiencia de cesura. Debido a esto, el tribunal decidió postergar la fijación de su pena hasta que se resuelva de manera definitiva dicho recurso médico-legal. Sin embargo, el Ministerio Público Fiscal se opuso a esta postura y solicitó que Soto Dávila sea convocado para responder por los delitos de jefatura de asociación ilícita, cohecho pasivo y prevaricato.
Además, el exmagistrado enfrenta otra complicación en los tribunales federales, ya que la Cámara Federal de Corrientes confirmó la elevación a juicio de otra causa penal. En este nuevo expediente, se investiga a Soto Dávila, al exsecretario Molina y a otros imputados por los delitos de falsificación de documentos públicos, malversación de caudales públicos y prevaricato.
La acusación en este segundo caso sostiene que, entre abril y noviembre de 2016, los procesados participaron en maniobras ilícitas para sustraer de la custodia judicial varios vehículos automotores que habían sido secuestrados en causas de narcotráfico y que debían ser decomisados por el Estado. Con estas acciones, los funcionarios habrían afectado la potestad estatal de incorporar dichos bienes al patrimonio público. La sustracción de estos vehículos representa una violación grave a la normativa vigente y un menoscabo a la confianza en las instituciones encargadas de la justicia y la seguridad, ya que los automóviles en cuestión eran parte de las evidencias en investigaciones relacionadas con el narcotráfico.
En el marco de esta segunda investigación por la sustracción de vehículos, la fiscalía y las defensas de los imputados Pablo Molina, Zacarías Issolio y Roni Tunik presentaron un acuerdo de juicio abreviado ante el Tribunal Oral Federal de Corrientes. Este acuerdo proponía condenar a Molina y Tunik, y dictar el sobreseimiento de Issolio por el beneficio de la duda. La estrategia de las defensas buscaba una resolución más rápida del caso, sin embargo, el acuerdo generó controversia debido a la gravedad de los delitos imputados, que involucran no solo la corrupción, sino también el manejo indebido de bienes que pertenecen al Estado.
Sin embargo, el juez Simón Bracco, con la adhesión de los magistrados Eduardo Belforte y Ruth Ponce de León, rechazó la homologación de dicho acuerdo. El tribunal consideró que la petición de sobreseimiento por duda carecía de fundamentos objetivos y que la gravedad de los hechos bajo análisis exige la realización de un debate oral y público para esclarecer lo sucedido. En consecuencia, los jueces ordenaron remitir las actuaciones a la Cámara de Casación para que designe un nuevo tribunal que juzgue a los acusados mediante el procedimiento común. Esta decisión resalta la importancia de un proceso judicial que permita un examen exhaustivo de las pruebas y testimonios, asegurando así que se haga justicia en un caso que involucra la confianza pública en el sistema judicial.
José Luis Espert ha presentado una apelación contra su procesamiento por el delito de lavado de dinero, solicitando su sobreseimiento. La causa en cuestión investiga una transferencia de 200.000 dólares, que fue justificada a través de un contrato de consultoría con una minera de Guatemala, la cual está vinculada a Federico “Fred” Machado.
Por otro lado, los inversores de la criptomoneda $LIBRA han apelado en la justicia federal el sobreseimiento de Javier Milei y de otros implicados en la causa. Los querellantes que fueron apartados del proceso se han presentado para solicitar la revisión del fallo que cerró la causa. Actualmente, la Cámara Federal de Casación Penal está evaluando la exclusión de los damnificados en este caso.
Fuente original: Infobae Judiciales.


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