
La Cámara Federal de Casación Penal unifica los juicios por Hotesur y Los Sauces
PoloSur
La Cámara Federal de Casación Penal, en una decisión mayoritaria, revocó la resolución que había separado los juicios de Hotesur y Los Sauces. La medida implica que ambos casos se iniciarán de manera conjunta el próximo viernes 23 de octubre, ante el Tribunal Oral Federal 5. La Sala I de la Cámara hizo lugar a los recursos presentados por el Ministerio Público Fiscal y la Unidad de Información Financiera (UIF), que actúa como querellante en el expediente. Los jueces Daniel Antonio Petrone y Diego G. Barroetaveña votaron a favor de anular el desdoblamiento, mientras que Alejandro W. Slokar se mostró en disidencia.
El Tribunal Oral Federal 5 había decidido separar las causas de Los Sauces y Hotesur, argumentando que se trataba de investigaciones distintas. Según su criterio, la realización de dos juicios consecutivos permitiría un desarrollo más ordenado de las audiencias. En este contexto, se indicó que la causa de Los Sauces se encontraba en una etapa más avanzada para iniciar el debate, mientras que la causa de Hotesur aún requería la incorporación de un informe pericial contable relacionado con documentación financiera.


En su fallo, el juez Daniel Antonio Petrone argumentó que el recurso era admisible de manera excepcional, ya que consideró que el desdoblamiento del juicio podría causar una dilación que no podría ser reparada por una eventual sentencia final favorable. En relación al fondo de la cuestión, Petrone sostuvo que la decisión de dividir Hotesur y Los Sauces no contaba con la debida fundamentación. Recordó que la tramitación conjunta había sido decidida por la conexidad subjetiva y objetiva entre los expedientes, y no simplemente por conveniencia administrativa.
Según el razonamiento del juez, los problemas relacionados con la extensión del juicio, el volumen de prueba, la cantidad de acusados o la necesidad de coordinar audiencias podían ser resueltos mediante medidas organizativas dentro de un único debate. Estos factores, por sí mismos, no justificaban la división del objeto procesal. Además, Petrone destacó que la realización de dos juicios generaría dos sentencias y excedería las facultades de ordenación del juicio.
Por su parte, el camarista Diego G. Barroetaveña coincidió con la solución propuesta por Petrone y calificó la resolución apelada como un acto carente de los fundamentos mínimos necesarios para ser considerado válidamente jurisdiccional. Añadió que la decisión del tribunal oral impactaba negativamente en la teoría del caso de la fiscalía y de la querella, así como en el principio de contradicción, dado que las partes no habían tenido la oportunidad de pronunciarse sobre la conveniencia del desdoblamiento.
El juez Alejandro W. Slokar expresó su disidencia al considerar que no era necesario abrir los recursos de casación. Argumentó que la decisión que había separado los juicios no constituía una sentencia definitiva y no generaba un perjuicio irreparable en el futuro. Slokar también indicó que los apelantes no habían demostrado de forma suficiente la existencia de una cuestión federal ni una falta absoluta de fundamentos que justificara una revisión excepcional. En su análisis, destacó que la resolución cuestionada se refería a las facultades inherentes del tribunal oral para organizar el debate.
En este contexto, Slokar advirtió que intervenir en esta decisión podría representar una “exorbitancia competencial” por parte de la Cámara de Casación, lo que afectaría la independencia del tribunal de juicio.
En cuanto a los antecedentes, el fiscal general ante Casación, Mario Villar, había solicitado la revocación de la separación de los juicios, argumentando que ambos expedientes formaban parte de una misma hipótesis acusatoria. Villar sostuvo que tratar los casos por separado podría fragmentar la prueba, perjudicar el trabajo de la fiscalía y llevar a decisiones contradictorias.
Además, Villar cuestionó que el tribunal oral hubiera decidido el desdoblamiento sin una solicitud previa de las partes ni una instancia específica para discutir el tema. Afirmó que la acusación por asociación ilícita había sido delimitada en ambos casos para evitar una doble persecución penal, sugiriendo que una separación podría condicionar el desarrollo y la valoración de la prueba en el segundo juicio.
La Unidad de Información Financiera (UIF), que actúa como parte querellante, también había manifestado su desacuerdo con la decisión del TOF 5 de invocar razones organizativas, la cantidad de testigos y la complejidad del caso sin explicar adecuadamente por qué no era viable llevar a cabo un debate conjunto.
La UIF propuso como alternativa un esquema de presentación de pruebas por etapas: primero, la relacionada con Los Sauces; luego, la prueba común; y finalmente, la correspondiente a Hotesur.
Por otro lado, el abogado de Cristina Fernández de Kirchner, el doctor Carlos Beraldi, se opuso a la idea de reunificar los juicios, argumentando que modificar el esquema a pocos días del inicio previsto para el juicio por Los Sauces podría retrasar el debate y afectar las garantías de defensa de su clienta.
Por su parte, Mariano Fragueiro Frías, abogado de Fabián De Sousa, también expresó su desacuerdo con la decisión de unificar los juicios, argumentando que la cuestión sobre la organización de las audiencias debería ser tratada como un asunto preliminar ante el tribunal oral, y no a través de la intervención de la Cámara de Casación en esta fase del proceso.
En otras noticias relevantes, la lista encabezada por Alberto Biglieri logró la victoria en las elecciones del Consejo de la Magistratura, obteniendo dos de las cuatro bancas disponibles entre los abogados. La agrupación Unidad en Defensa de la Abogacía alcanzó el 34% de los votos, mientras que también se incorporarán representantes de las listas lideradas por Itatí Demarchi Arballo y Fernando Levene. Por otro lado, la lista de La Libertad Avanza no logró representación y aún queda por definir la composición de la mesa en Corrientes.
En un caso de mala praxis, un paciente denunció que le dejaron un fragmento de un catéter en su brazo, lo que lo llevó a demandar a los profesionales de la salud. El hombre convivió durante tres semanas con el dispositivo alojado en su cuerpo y tuvo que someterse a una cirugía de urgencia, en la que se le extirpó cinco centímetros de vena junto con el catéter, el cual, según su denuncia, se había roto al retirarle la vía de suero. Sin embargo, el tribunal desestimó su demanda contra los médicos y el Estado.
En otro incidente, una motociclista perdió el control de su moto en una avenida en obras y reclamó una indemnización por incapacidad, lucro cesante y daño moral. Después de varios años, la Justicia determinó que ninguna de las partes involucradas logró probar la causa del accidente, lo que llevó al rechazo de la demanda.
Además, un grupo de vecinos demandó por la instalación de una antena de telefonía celular a pocos metros de sus hogares, y 26 años después, la Justicia falló a su favor ordenando una indemnización. La torre, de 48 metros de altura, fue instalada en 1996 en la zona sur, y el tribunal concluyó que las empresas de telecomunicaciones habían ignorado las prohibiciones locales, manteniendo la estructura ilegal en funcionamiento hasta 2009. Asimismo, se determinó que la antena superó los límites de tolerancia establecidos.
Finalmente, la exjefa de los fiscales nacionales, Alejandra Gils Carbó, fue indagada por la compra del edificio de la Procuración. Durante la audiencia, Gils Carbó no respondió a nuevas preguntas y se limitó a remitir a la declaración que había realizado durante la instrucción del caso. En este contexto, se está debatiendo si la licitación para la adquisición del inmueble estuvo direccionada.
Fuente original: Infobae Judiciales.


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