El Partido Judicial confirmó la condena a Cristina en la causa Vialidad: 6 años de prisión y no podrá ejercer cargos públicos

Con una causa armada y plagada de graves irregularidades, la expresidenta había sido condenada en diciembre de 2022 por administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública.
Actualidad10/06/2025Polo SurPolo Sur
Imagen de WhatsApp 2025-06-10 a las 17.41.21_34202d6e

El Partido Judicial a traves de la Corte Suprema de justicia confirmó este martes la condena a Cristina Kirchner en la causa Vialidad en un fallo unánime de los tres miembros. De esta manera, se ratifica la pena de seis años de prisión y la inhabilitación de por vida para ejercer cargos públicos. Al mismo tiempo fue absuelta del delito de asociación ilícita, pedido por la fiscalía.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti emitieron un voto conjunto en el que rechazaron cada uno de los argumentos que sostuvo la defensa de Cristina Kirchner para revertir la condena en su contra.
 

Causa Vialidad: dirigentes políticos y gremios respaldaron a Cristina en la previa del fallo de la Corte
 
"Las sanciones aplicadas son las que determina el ordenamiento jurídico vigente. La imposición de las penas de prisión e inhabilitación no hace otra cosa que tutelar nuestro sistema republicano y democrático según las leyes penales dictadas por los representantes del pueblo en el Congreso de la Nación", justificaron los jueces en el fallo.
La expresidenta había sido condenada en diciembre de 2022 por el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública en la causa Vialidad. Al mismo tiempo, la absolvió del delito de asociación ilícita, tras rechazar el pedido de la fiscalía para agravar su condena al declarar el planteo inadmisible por aplicación del artículo 280 del Código Procesal en Civil y Comercial de la Nación.
 
En uno de los tramos, la Corte explicó que “los reclamos de la defensa llevan a examinar cuestiones —de hecho y prueba en muchos casos, ajenas por su materia a la competencia apelada extraordinaria de esta Corte Suprema en los términos del artículo 14 de la ley 48, salvo que medie un supuesto de arbitrariedad— tales como el contexto dentro del cual se ejecutó la maniobra que fue juzgada, las relaciones personales y comerciales que unían a Fernández de Kirchner con Lázaro Báez, las implicancias en torno al dictado y efectos del decreto 54/2009, las advertencias emitidas por los servicios jurídicos en relación con su dictado y la valoración del contenido de los mensajes extraídos el celular de José López, entre otros. En particular, la decisión apelada aludió a que Lázaro Báez, por intermedio de sociedades por él controladas, efectuó contratos de locación y gerenciamiento con sociedades de titularidad de la familia Kirchner que explotaban hoteles, además de haber realizado otros negocios inmobiliarios. Esas relaciones no fueron cuestionadas por la defensa en manera alguna, más allá de alegar que los actos comerciales señalados fueron ‘totalmente lícitos y se celebraron a precios de mercado’, lo que resta toda eficacia a su planteo”.

Para los ministros, se pudo acreditar que “la encausada quiso que el resultado delictivo sea una consecuencia de su propia acción y tuvo, además, el ánimo de lucro requerido por el tipo”.

Según subrayaron, “esas circunstancias, valoradas ya por dos instancias judiciales, llevaron a la conclusión de que esa decisión presidencial ‘relegó la ventaja económica para la administración pública por la ventaja económica para los intereses particulares a la postre beneficiados’ y de que ‘Fernández de Kirchner se representó los elementos objetivos del tipo al momento de dar comienzo a la acción típica y que previó la realización de estos y, por tanto, la producción del resultado’”.

Qué juzgó la causa Vialidad
La causa comenzó en 2016 e investigó si el empresario Lázaro Baez fue beneficiado con el otorgamiento de 51 obras públicas viales en la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015. El fiscal Diego Luciani acusó a Cristina Kirchner, presidenta entre 2007 y 2015, de redirigir las obras a favor de Baez en perjuicio de la administración pública.

Noticia en desarrollo-

Te puede interesar
portada_polosur

El presidente de la Unión Industrial le respondió a Caputo después del exabrupto del ministro: “No son declaraciones felices que ayuden al diálogo”

PoloSur
Actualidad06/08/2026
Martín Rappallini, presidente de la Unión Industrial Argentina (UIA), criticó las recientes afirmaciones del ministro de Economía, Luis Caputo, quien se refirió despectivamente a quienes abogan por la industria. Rappallini enfatizó la necesidad de un diálogo constructivo para abordar los desafíos económicos del país.
Lo más visto
portada_polosur

China Responde a Sanciones de EE.UU. con Controles a Exportaciones

PoloSur
Economía05/08/2026
En un contexto de creciente tensión comercial, el gobierno chino ha implementado restricciones a la exportación de drones y ha prohibido relaciones comerciales con seis empresas estadounidenses. Esta medida se da en respuesta a las limitaciones económicas impuestas por Washington, justo antes de la esperada visita de Xi Jinping a Estados Unidos.
portada_polosur

La UIA celebra la visita de León XIV y reivindica la figura de Enrique Shaw, el futuro primer beato empresario

PoloSur
Economía05/08/2026
La visita del Papa León XIV a Argentina genera un renovado interés en la Doctrina Social de la Iglesia y en el legado de Enrique Shaw, un empresario que dejó una huella significativa en el desarrollo social y económico del país. Durante la 31ª Conferencia Industrial, el Sumo Pontífice envió un mensaje que reafirma la importancia de la responsabilidad social en el ámbito empresarial.
Suscríbete al newsletter para recibir periódicamente las novedades en tu email