Propuesta para establecer los 18 años como edad mínima para el matrimonio en Argentina

La diputada nacional María Inés Zigarán, del bloque Provincias Unidas, impulsa un proyecto de reforma del Código Civil y Comercial que busca fijar los 18 años como la edad mínima e inamovible para contraer matrimonio en el país. Esta iniciativa elimina las excepciones actuales que permiten a menores casarse con autorización de sus representantes legales o mediante dispensa judicial.
Actualidad14/09/2026PoloSurPoloSur

Eliminación de excepciones y adecuación normativa

La propuesta de Zigarán plantea la derogación del artículo 404 del Código Civil y Comercial, que actualmente habilita excepciones para el matrimonio de adolescentes menores de 18 años. Además, se prevé la modificación de diversas normas relacionadas con los efectos legales del matrimonio en personas menores, incluyendo la regulación de la emancipación por matrimonio, que también sería eliminada.

El proyecto también introduce cambios en los artículos que regulan la nulidad matrimonial y ajusta el artículo 645 sobre responsabilidad parental, asegurando que se mantenga la necesidad del consentimiento expreso de ambos progenitores para ciertos actos relacionados con hijos menores.

Fortalecimiento de la protección de derechos

En los fundamentos de su iniciativa, la diputada argumenta que la reforma tiene como objetivo reforzar la protección integral de niñas, niños y adolescentes, alineando la legislación argentina con estándares internacionales en materia de derechos humanos. Aunque el Código ya establece los 18 años como la edad mínima general para el matrimonio, las excepciones permiten que este límite sea eludido a través de autorizaciones parentales o decisiones judiciales.

La legisladora también menciona que la eliminación de estas excepciones es una medida preventiva contra matrimonios infantiles, arreglados o forzados, citando recomendaciones de organismos internacionales que instan a Argentina a adoptar esta normativa. Cabe destacar que la reforma no tendrá efectos retroactivos, por lo que las personas ya emancipadas por matrimonio mantendrán su estatus y los matrimonios celebrados antes de la entrada en vigencia de la nueva ley conservarán su validez. La iniciativa ha sido remitida a las comisiones de Legislación General y de Familias, Niñez y Juventudes.

Fuente original: APF Nacionales.

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