¿Qué pasa si no voto en las elecciones provinciales?

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Los fueguinos que no se presenten a sufragar en su mesa deberán justificar la no emisión del voto dentro de los 60 días corridos desde el día de la elección, de lo contrario podrían recibir una multa, pero al igual que sucede en el ámbito nacional en la mayoría de los casos se termina dejando sin efecto la penalidad económica.

En Argentina, el voto es universal, secreto y obligatorio, de acuerdo con lo que establece el artículo 37 de la Constitución Nacional. Y de acuerdo a la ley provincial 201 y su artículo 3.- El derecho electoral se establece sobre la base del sufragio secreto, universal, igual, personal y obligatorio, con arreglo a la Constitución Provincial.

Por eso, quienes no concurran a votar, y no tengan una justificación válida, podrían ser sancionados.

El Juzgado de Primera Instancia Electoral de la provincia de Tierra del Fuego ya había informado en la elección municipal de Ushuaia que la multa por no ir a votar, ascendería a la suma de $1600, pero como sucede en el ámbito nacional en la mayoría de los casos se termina dejando sin efecto la penalidad económica.

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