Por mala conducta el Superior Tribunal de Justicia rechazo la libertad condicional al asesino conocido como el “Chacal” de Río Grande

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Debido a los informes negativos de las áreas competentes para evaluar la conducta del condenado, el Superior Tribunal de Justicia confirmó el rechazo a otorgarle la libertad condicional a Walter Rodolfo Quiroz, alías “El Chacal”, quien en octubre de 1999 mató, en forma cruel, a una adolescente de 15 años, hecho sucedido en Río Grande.

RÍO GRANDE.– El Superior Tribunal de Justicia confirmó la sentencia de fecha 10 de julio, de la jueza Natalia Buitrago titular del Juzgado de Ejecución de Río Grande, en la que no hizo lugar al pedido de libertad condicional formulado por la defensora oficial Lorena Nebreda a favor de Walter Rodolfo Quiroz, alías “El Chacal”.

Quiroz fue condenado el 9 de noviembre de 2000 a la pena de reclusión perpetua, por haber sido encontrado autor material y penalmente responsable de los delitos de coacción, amenazas, hurto de automotor, homicidio agravado por ensañamiento, todo ello en concurso real.

El condenado asesinó a Judit Muñoz Bustos, de tan sólo 15 años de edad, en un hecho que sucedió el 1 octubre de 1999, el cual conmovió a la sociedad de Río Grande, por las características crueles que debió padecer la víctima, al haber sido desmayada y arrojada a un descampado. Luego, con su auto, Quiroz la arrolló varias veces y la dejó abandonada, mientras agonizaba.

En representación del condenado, la doctora Nebreda planteó que está en condiciones de ser beneficiado con la libertad condicional, debido a que lleva 20 años en prisión y que sus intenciones son las de irse de Tierra del Fuego para radicarse en la localidad de General Pico (La Pampa), donde tiene familiares que le darían residencia.

Frente al pedido que formuló la defensora oficial, la jueza corrió traslado al Ministerio Público Fiscal, actuando en subrogancia el doctor Eduardo Urquiza (fiscal de Ushuaia), quien propuso rechazar el beneficio solicitado. Así, con los antecedentes negativos del informe del Servicio Penitenciario, la Magistrada concluyó en denegar la libertad condicional.

La doctora Nebreda resolvió recurrir en casación la decisión de la Jueza y de esta forma el caso llegó a conocimiento del Superior Tribunal que, en sentencia del pasado 30 de noviembre, rechazo el recurso de la defensora público y confirmó la sentencia de la titular del Juzgado de Ejecución.

Informes negativos
El ingreso del interno al régimen de libertad condicional no se produce automáticamente por el mero transcurso del tiempo, por el contrario, de cumplir requisitos que deben concurrir: Regular observación por parte del interno de los reglamentos carcelarios; informes fundados del organismo técnico-criminológico y del Consejo Correccional del establecimiento, que pronostiquen de modo individual que la libertad condicional operará favorablemente para la reinserción social del reo, fin perseguido por el sistema punitivo penal nacional.

Ahora bien, en el caso de Walter Rodolfo Quiroz, surgen los siguientes informes negativos:

-El Consejo Correccional informó que en la historia carcelaria el interno poseía 25 sanciones disciplinarias.
-Gozaba de salidas transitorias y de semilibertad, las que fueron revocadas en diciembre de 2018, por propias conductas del interno.
-El Servicio Criminológico de la Unidad de Detención y el psiquiatra forense que entrevistaron al detenido, refirieron que no resultaba positivo la soltura anticipada de Quiroz.
-El Área de Educación se expidió en forma desfavorable, no solo por haber quebrantado las normas durante sus salidas transitorias, sino porque en su larga trayectoria dentro del penal se observaba falta de interés en capacitarse.
-El Área Trabajo destacó también sus inconductas durante sus salidas extramuro y su reiterada negativa por ser atendido por la psicóloga del Servicio Penitenciario, entendiendo así que: “… el interno conoce por su extensa y amplia experiencia carcelaria las obligaciones existentes, no obstante, no ha podido o querido respetarlas, generando una conducta que evidencia la ausencia de sujeción a las normas…”

Cómputo de la pena

Cabe subrayar que en su resolución, la Jueza de Ejecución indicó que de acuerdo al cómputo de pena practicado, el interno Walter Rodolfo Quiroz se encontraba en condiciones de acceder a la libertad condicional, por aplicación del estímulo educativo, desde el 18 de julio de 2019.

Sin embargo, sostuvo que otorgar a Quiroz la libertad condicional, sin contemplar los informes negativos, implicaría desconocer el riesgo y peligro que representa para sí y para terceros.

 

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