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title: "La destitución de Gastón Salmain genera cuestionamientos sobre el control de magistrados"
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description: "La remoción del exjuez federal de Rosario, Gastón Salmain, acusado de solicitar coimas en la causa Attila, ha suscitado un análisis crítico sobre los mecanismos de selección y supervisión de los jueces en Argentina."
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# La destitución de Gastón Salmain genera cuestionamientos sobre el control de magistrados

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La destitución de Gastón Salmain, quien se desempeñaba como juez federal en Rosario y fue procesado por supuestos pedidos de coimas relacionados con su actuación en la causa Attila, ha generado una serie de interrogantes sobre los procedimientos de selección y control de los magistrados. En una conversación con Infobae, los tres miembros del Consejo de la Magistratura que sostuvieron la acusación durante el juicio político - Luis Juez, Diego Barroetaveña y Jimena de la Torre - examinaron los fundamentos del fallo, las irregularidades constatadas y las falencias institucionales que permitieron que Salmain accediera al cargo a pesar de sus antecedentes disciplinarios.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación tomó la decisión unánime de destituir a Salmain el jueves 29 de octubre, debido a que ocultó su paso por el Poder Judicial y una sanción de cesantía impuesta por la Corte Suprema en 2002. Esta omisión se repitió en 33 concursos judiciales, incluyendo el que lo llevó a ser designado como titular del Juzgado Federal N° 1 de Rosario. Sin embargo, el tribunal desestimó el cargo relacionado con su actuación en el expediente Attila Fideicomisos SRL, que investiga un posible acuerdo para beneficiar a una empresa a cambio de un beneficio económico indebido.

Tras perder la inmunidad de arresto que le confería su condición de magistrado, el juez federal Carlos Vera Barros ordenó la detención inmediata de Salmain, quien será sometido a prisión domiciliaria en el contexto de la investigación penal que sigue su curso en Rosario. La sentencia del jury fue dictada por un tribunal presidido por el juez de cámara Marcelo Bartumeu Romero, que también incluyó a su colega Néstor Barral, las senadoras nacionales María Monte de Oca y María Florencia López, los diputados Nicolás Mayoraz y Christian Zulli, y Ana Fernández, representante de los abogados de la matrícula federal.

Al evaluar el resultado de este proceso, el senador nacional por Córdoba, Luis Juez, quien representa al Senado en el Consejo de la Magistratura, expresó que “el balance es positivo: Salmain no podía seguir siendo juez. Ocultar deliberadamente una cesantía del Poder Judicial en 33 concursos no es un error administrativo: es engañar al sistema para acceder a la magistratura. Quien oculta sus propios antecedentes no puede tener en sus manos los derechos y la libertad de los demás”.

El legislador también abordó la distinción existente entre el juicio político y la investigación penal, señalando que “el fallo explica claramente la diferencia entre la función del Jurado y la de la Justicia Federal que investiga los hechos en Rosario”. En el considerando 2°, se establece que “el proceso penal tiene por objeto establecer la existencia del delito y la responsabilidad de su autor; el enjuiciamiento, determinar si el magistrado conserva las condiciones que la Constitución exige para permanecer en el cargo”.

En relación a esta diferencia, agregó: “Salmain perdió esas condiciones y fue destituido. La responsabilidad penal debe determinarse en la causa que tramita en Rosario. Como aclara el mismo considerando: ‘Unos mismos hechos pueden, por tanto, ser juzgados en ambas sedes con finalidades diversas, sin que lo resuelto en una condicione lo que corresponda resolver en la otra’”.

Desde el ámbito judicial, el camarista federal de Casación Penal Diego Barroetaveña, quien también formó parte de la representación acusadora, coincidió con la valoración respecto a la remoción. “El balance es positivo. El Jurado de Enjuiciamiento resolvió remover al juez Salmain por considerar demostrado que ocultó deliberadamente su desempeño anterior en el Poder Judicial y la cesantía dispuesta por la Corte Suprema de Justicia. Esa omisión se reiteró en 33 concursos, incluido aquel por el que accedió a la magistratura, y continuó después de su designación como juez”, manifestó.

En cuanto al alcance del pronunciamiento, Barroetaveña precisó: “El Jurado reafirmó, en consonancia con sus precedentes, que las conductas anteriores a la designación pueden ser valoradas cuando no fueron conocidas por el Senado. En este caso, el ocultamiento impidió que se evaluaran antecedentes relevantes para determinar su idoneidad y constituyó, por sí solo, una causal de mal desempeño, en esta ocasión lo suficientemente grave como para justificar su remoción. De ese modo, vulneró el proceso de selección establecido en la Constitución Nacional”.

La consejera Jimena de la Torre, representante de los abogados de la matrícula federal, también respaldó la decisión: “El balance es positivo, en la medida en que una persona que nunca debió haber llegado a ser juez ya no ocupa el cargo, y eso trae mayor tranquilidad a toda la sociedad”. Al desarrollar su postura, destacó las garantías que rodean la permanencia de los magistrados en sus funciones.

“Acusar a un magistrado por mal desempeño es un acto de suma trascendencia institucional, un hecho muy grave que debe ser tomado con la máxima responsabilidad. El nombramiento de un juez es un acto complejo, en el que intervienen los tres poderes del Estado, y los jueces gozan de estabilidad en sus cargos a condición de que conserven su buena conducta, no como privilegio personal, sino como garantía de su independencia en el ejercicio del cargo; es decir, para asegurarle a la sociedad que los jueces no serán presionados y podrán resolver conforme a las leyes y a su buen criterio”, expresó uno de los acusadores del magistrado destituido.

En este sentido, agregó: “Por eso, remover a un magistrado es una decisión delicada que debe ser ejercida con suma prudencia. Nosotros entendimos que la actuación de Salmain en la causa Attila exhibía un mal desempeño, pero el tribunal dejó esos hechos a decisión de la Justicia penal y lo removió por el segundo cargo, es decir, por haber mentido para poder concursar y ser designado como juez”.

La primera acusación contra Salmain estaba vinculada a una investigación penal en la que se encuentra procesado por presunto cohecho pasivo agravado, prevaricato e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Según la hipótesis de los investigadores, el exmagistrado habría favorecido al fideicomiso Attila mediante resoluciones que permitieron acceder a 10 millones de dólares al tipo de cambio oficial durante las restricciones cambiarias, a cambio de una presunta coima de 200.000 dólares.

En el marco de este expediente, el financista Fernando Elías Whpei declaró como imputado colaborador y lo vinculó al exmagistrado con el supuesto acuerdo ilícito. El procesamiento, dictado en diciembre de 2025, fue confirmado parcialmente por la Cámara Federal de Rosario en marzo de este año.

Durante el juicio político, los representantes del Consejo argumentaron que las pruebas reunidas permitían acreditar el cargo en cuestión. Sin embargo, el Jurado consideró que la acusación se apoyaba en valoraciones provisorias de la investigación penal y que el supuesto acuerdo no había quedado demostrado de manera autónoma en el procedimiento de remoción.

En relación a este aspecto, la sentencia indicó: “Un auto de procesamiento no suple esa convicción: es una valoración provisoria, dictada en otro proceso, formada con otro objeto y otro estándar, y sujeta a revisión en su propia sede”.

El senador Juez reafirmó su postura respecto a las pruebas presentadas por los acusadores. “Como acusadores, sostuvimos que las pruebas justificaban también ese cargo. El Jurado hizo una valoración diferente y explicó, en el considerando 2°: ‘Lo resuelto en aquella sede es la valoración provisoria de otro tribunal, que este Jurado no puede tomar como propia’”.

Al abordar el alcance de esta desestimación, Juez señaló: “Pero hay que ser claros: esto no significa que el Jurado haya descartado las presuntas coimas. El fallo dice textualmente: ‘La desestimación tiene, por lo mismo, un alcance preciso: no importa pronunciamiento alguno sobre la existencia del acuerdo, sobre la regularidad de las decisiones dictadas ni sobre la responsabilidad del magistrado, cuya determinación corresponde a los tribunales ordinarios’”.

Barroetaveña expresó una discrepancia similar respecto a la valoración de las pruebas por parte del tribunal, haciendo mención específica a las declaraciones de Whpei. “Consideramos que las manifestaciones de Fernando Elías Whpei, examinadas conjuntamente con los datos objetivos que las corroboraban y las irregularidades advertidas en la tramitación de la causa Attila, constituían elementos probatorios suficientes para probar el acuerdo previo”, afirmó.

En cuanto al criterio que finalmente prevaleció, Barroetaveña añadió: “El Jurado realizó una valoración diferente que, si bien respetamos, no compartimos, y así lo hemos expuesto”. Sin embargo, aclaró: “En cualquier caso, la desestimación del cargo no supone que el Jurado haya declarado inexistente el presunto acuerdo ni que haya establecido la regularidad de las decisiones adoptadas por Salmain. La determinación de eventuales responsabilidades penales, claro está, siempre corresponde a la Justicia penal”.

De la Torre, por su parte, reconstruyó las decisiones cuestionadas en el caso Attila y las circunstancias en las que se llevó a cabo la operatoria cambiaria.

Las decisiones adoptadas por Salmain en el caso Attila resultaron ser altamente cuestionables. En un contexto de restricciones cambiarias, donde los ciudadanos solo podían adquirir 200 dólares al tipo de cambio oficial y cualquier excepción requería la autorización del Banco Central de la República Argentina (BCRA), una empresa de Buenos Aires optó por un camino diferente y se presentó directamente ante el Juzgado Federal de Rosario para solicitar que Salmain concediera dicha autorización.

En relación a la resolución que permitió llevar a cabo la operación, se precisó que, a pesar de la oposición del BCRA, Salmain aplicó normas que no eran pertinentes al caso y actuó sin la intervención del fiscal. Así, ordenó la entrega de 10 millones de dólares al valor oficial, los cuales fueron transferidos fuera del país antes de que la Cámara decidiera revocar esa decisión por considerarla infundada. Se concluyó que estas circunstancias configuraban un caso sancionable por un evidente apartamiento del derecho.

La consejera también reflexionó sobre los límites del control disciplinario sobre las decisiones judiciales, señalando que la línea entre un error judicial que puede ser corregido por apelación y el mal desempeño es muy sutil. Advirtió que un abuso en la impugnación de los criterios judiciales podría afectar el principio de independencia de criterio de los jueces.

En cuanto a la evaluación realizada por el Jury, se destacó que el tribunal no se enfocó en la forma en que se resolvió el caso, sino en la necesidad de demostrar un acuerdo irregular entre el juez y la empresa. Este acuerdo, que fue mencionado por un testigo arrepentido y que la Justicia penal consideró provisionalmente respaldado por otros indicios, no fue suficientemente discutido durante el juicio político. Por lo tanto, quedó pendiente de resolución en la causa judicial que se tramita ante la Justicia Federal de Rosario.

Durante el proceso de remoción, la defensa de Salmain cuestionó los fundamentos de la acusación, así como la posibilidad de adoptar como propias las conclusiones provisionales de una investigación penal que estaba en curso. Finalmente, el Jurado desestimó el primer cargo sin pronunciarse sobre la existencia del supuesto acuerdo ni sobre la responsabilidad penal del exmagistrado.

El segundo cargo en contra de Salmain se refería a su tiempo como empleado del Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 8. Este magistrado había ingresado a la institución en mayo de 1997 y, tras una investigación administrativa, la Corte Suprema le impuso una sanción de cesantía a través de la resolución 39/02, emitida el 11 de junio de 2002.

En esa ocasión, el máximo tribunal determinó que Salmain había intentado inducir a una empleada judicial a modificar el sistema informático de distribución de expedientes, con el objetivo de redirigir ciertas ejecuciones previsionales hacia el juzgado donde él desempeñaba sus funciones. A pesar de que Salmain presentó su renuncia meses antes de la sanción, la Corte decidió mantenerla y posteriormente desestimó el recurso que él había presentado para revertirla.

Entre los años 2016 y 2024, el entonces postulante participó en 33 concursos organizados por el Consejo de la Magistratura, omitiendo mencionar este antecedente laboral y la sanción de cesantía. En sus presentaciones, afirmó haberse dedicado exclusivamente al ejercicio libre de la abogacía.

Durante el juicio político, Salmain argumentó que no había informado sobre su experiencia en el Poder Judicial porque consideraba que no le otorgaba puntos en los concursos. Además, sostuvo que el reglamento solo exigía declarar las sanciones disciplinarias de los últimos diez años, y que la medida impuesta en 2002 no se encontraba dentro de ese lapso.

Sin embargo, el Jurado desestimó esta interpretación, aclarando que existía una distinción entre el límite temporal para informar sanciones y la obligación de detallar los antecedentes laborales y las causas de desvinculación.

En los fundamentos de la sentencia, se subrayó que Salmain era consciente de la sanción, ya que había presentado un recurso en su contra, así como de las exigencias reglamentarias para acceder a la magistratura. En este sentido, el fallo indicó: “La omisión fue voluntaria y la lectura del plazo decenal, aun admitida, sólo alcanzaba al inventario de sanciones, no al empleo ni a su egreso, que el Reglamento exige declarar con independencia del puntaje”.

Las reiteradas omisiones en la declaración de antecedentes también suscitaron cuestionamientos por parte de los consejeros sobre los controles aplicados a los antecedentes de quienes buscan ocupar cargos judiciales.

El juez admitió que el sistema no había logrado detectar información relevante durante múltiples postulaciones. "Es una falla seria que debemos revisar. Si pudo omitir esos antecedentes en 33 concursos sin que se detectara, los controles fueron insuficientes. No alcanza con recibir una declaración jurada: hay que verificar los antecedentes laborales y disciplinarios directamente con los organismos correspondientes", advirtió.

Al abordar las responsabilidades que surgen de este procedimiento, agregó: "La responsabilidad de quien ocultó información es indiscutible, pero también debemos revisar por qué el sistema no la advirtió".

Barroetaveña coincidió en la necesidad de reforzar los mecanismos de verificación, aunque hizo una distinción entre la conducta del exmagistrado y las deficiencias administrativas. "La responsabilidad por el ocultamiento corresponde a Salmain, quien incumplió deliberadamente su obligación de proporcionar información completa y veraz sobre sus antecedentes, obligación que le imponía el propio Reglamento de Concursos. Sin embargo, que esas omisiones se hayan reiterado en 33 concursos sin ser detectadas exige una reflexión crítica sobre los controles institucionales", manifestó.

En relación a las medidas que considera necesarias, el presidente de la Casación Federal sugirió: "Desde el Consejo de la Magistratura debemos revisar los mecanismos de verificación de antecedentes y fortalecer el intercambio de información con la Corte Suprema, otros organismos públicos y los colegios de abogados, para contrastar sistemáticamente los antecedentes de los postulantes con los registros oficiales".

Además, añadió: "Este caso debe servir para perfeccionar los controles y fortalecer la transparencia del sistema de selección de magistrados".

De la Torre vinculó estas dificultades con la distribución de competencias administrativas entre la Corte Suprema y el Consejo. "Las funciones disciplinarias están repartidas entre el Consejo de la Magistratura, que controla el desempeño de los magistrados, y la Corte Suprema, que conserva las facultades de superintendencia sobre el resto del personal del Poder Judicial. Salmain fue expulsado cuando era empleado de la Justicia, porque se comprobó que había intentado sobornar a personal de la oficina de sorteos para que determinadas causas tramitaran en el juzgado en el que trabajaba. Ese registro quedó en poder de la Corte", explicó.

La consejera hizo referencia a las futuras postulaciones de Salmain, señalando que “14 años después, Salmain se presentó a concursar ante el Consejo, que desconocía ese antecedente, y omitió informarlo pese a que tenía la obligación de hacerlo”.

En relación con las reformas administrativas, indicó: “Son problemas de orden práctico que podrían solucionarse con la digitalización y sistematización de todos los procedimientos y las decisiones administrativas internas del Poder Judicial en su conjunto. Es un reclamo que venimos sosteniendo desde el inicio de nuestro mandato y que, finalmente, está avanzando con la reciente aprobación del Expediente Digital Administrativo, que se está implementando progresivamente en diferentes áreas del Consejo, para abandonar el papel definitivamente”.

Respecto a la conducta del exjuez, concluyó su respuesta afirmando: “De todas maneras, Salmain tenía la obligación de informar ese antecedente de buena fe, y no lo hizo. Ese precedente le impedía concursar; nunca debería haber llegado a ser juez”.

La discusión sobre los antecedentes también se extendió al funcionamiento de los mecanismos disciplinarios y a las condiciones de acceso a la magistratura. Al realizar un balance de la actividad del Consejo durante la presidencia de Horacio Rosatti, Juez destacó la cantidad de procesos de remoción que se han llevado a cabo y la rapidez con la que se resolvieron algunos de ellos.

“Es una señal positiva y hay datos concretos que lo demuestran. Desde que Horacio Rosatti asumió la presidencia del Consejo, fueron destituidos cuatro jueces: Bento, Poderti, López y Salmain. A ellos se suma Bailaque, que renunció antes del juicio de remoción”, enumeró.

En cuanto a la proporción de destituciones correspondientes a ese período, puntualizó: “De las 22 destituciones registradas desde 1999, cuatro se produjeron durante esta presidencia: casi el 20% del total. Además, tres -Poderti, López y Salmain- se resolvieron rápidamente en menos de un año”.

El senador relacionó esas cifras con el funcionamiento institucional de ambos organismos, afirmando: “Esto demuestra que el Consejo y el Jurado pueden actuar frente a conductas incompatibles con la magistratura. La confianza en la Justicia se recupera con decisiones concretas y dejando claro que ningún juez está por encima de la ley”.

Desde una perspectiva diferente, De la Torre relacionó la cantidad de procesos disciplinarios con los requisitos necesarios para acceder a los cargos en el ámbito judicial. “En los últimos tres años hemos iniciado juicios políticos contra seis magistrados. Esta cifra es inédita en la historia del Poder Judicial y refleja una degradación en las calidades personales de algunos magistrados. Esto evidencia que enfrentamos un problema mucho más profundo: están accediendo al cargo personas que no poseen la idoneidad necesaria para desempeñar funciones tan delicadas”, afirmó.

A partir de este diagnóstico, De la Torre detalló las iniciativas que se han impulsado para modificar los concursos de selección: “Por esta razón, hemos presentado siete propuestas concretas de mejora para los concursos, con el fin de incorporar tecnología, reducir los tiempos y aumentar la transparencia, limitar la discrecionalidad y establecer parámetros de evaluación objetivos sobre capacidad y mérito. Nuestro objetivo es que accedan los mejores y no aquellos que están acomodados. La propia Corte ha realizado una propuesta concreta en este sentido, que espera ser discutida por el Consejo”.

La representante de los abogados también hizo referencia a la creación de reglas de conducta para quienes ejercen funciones judiciales. “Además de tener conocimientos de derecho, los jueces deben poseer una conducta personal y profesional impecable; deben ser referentes éticos, ya que la sociedad necesita confiar en ellos para poder presentar sus problemas ante la Justicia. Por esta razón, hemos impulsado, junto a los colegios de abogados, un proyecto de Código de Ética Judicial, que ya está listo para su aprobación”, indicó.

En relación a las consecuencias institucionales de los procesos de remoción, De la Torre sostuvo: “La remoción de un magistrado debe ser siempre la última opción, es una mala noticia que debilita la credibilidad y legitimidad del sistema de Justicia ante la sociedad, algo que deberíamos prevenir eligiendo personas idóneas, con normas de conducta claras para el ejercicio de la función y con controles de gestión y desempeño efectivos y en tiempo real, que permitan realizar correcciones a tiempo y eviten que tengamos que llegar a decisiones extremas”.

Finalmente, al referirse a la continuidad de estas iniciativas desde el ámbito de los abogados, expresó: “Es una agenda de trabajo para la modernización y transparencia del servicio de Justicia que hemos estado promoviendo y que vamos a mantener junto a Claudia Sarmiento desde la vocalía de Abogados en Acción”.

El camarista Barroetaveña situó el resultado del juicio político en el marco de las facultades constitucionales que posee el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento. En este sentido, afirmó: “Esta destitución demuestra el funcionamiento de los mecanismos constitucionales de responsabilidad judicial. Es una política judicial que imperó durante estos cuatro años”. Con estas palabras, Barroetaveña enfatizó la importancia de los procesos establecidos para garantizar la responsabilidad de los magistrados en el ejercicio de sus funciones.

Al describir la actuación de ambos organismos involucrados en el proceso, Barroetaveña agregó: “El Consejo de la Magistratura investigó los hechos y formuló la acusación, mientras que el Jurado de Enjuiciamiento, luego de sustanciar el proceso con las garantías correspondientes, resolvió remover al juez por mal desempeño”. Esta explicación subraya el papel activo de estas entidades en la supervisión y control de la conducta de los jueces, asegurando que se mantenga la integridad del sistema judicial.

El juez federal también se refirió a la relación entre las garantías de permanencia de los magistrados y sus obligaciones institucionales. “La independencia judicial y la estabilidad de los magistrados son garantías esenciales para la administración de Justicia, pero deben convivir con mecanismos efectivos de control y rendición de cuentas. La estabilidad protege el ejercicio independiente de la función judicial, pero no exime a los jueces de sus responsabilidades constitucionales”, comentó a este medio. Esta declaración resalta la necesidad de equilibrar la independencia judicial con la rendición de cuentas, un aspecto fundamental para el correcto funcionamiento del sistema judicial.

Para cerrar su valoración del proceso ligado a Salmain, Barroetaveña añadió: “La sentencia constituye una señal institucional positiva: demuestra que el sistema cuenta con herramientas para actuar frente a conductas incompatibles con la magistratura y contribuye a fortalecer la confianza pública en el Poder Judicial”. Con esta afirmación, Barroetaveña subrayó la relevancia de la decisión tomada, no solo en el caso particular de Salmain, sino también en el contexto más amplio de la justicia en el país, enfatizando la importancia de mantener la confianza de la ciudadanía en las instituciones judiciales.

Una empresa de medicina prepaga decidió dar de baja a una afiliada de 35 años tras su solicitud de medicación para tratar la esclerosis múltiple, argumentando que la mujer había ocultado la enfermedad al momento de contratar la cobertura. Sin embargo, las pericias médicas realizadas demostraron que el diagnóstico de esclerosis múltiple fue confirmado varios meses después de que la afiliada ingresara al sistema de salud, y que este tipo de enfermedad puede tardar años en ser detectada adecuadamente.

En otro caso, un automóvil fue secuestrado en el marco de una causa penal, y al intentar recuperarlo casi un año después, el propietario se percató de que le faltaban varias autopartes. Ante esta situación, inició acciones legales contra la compañía de seguros, pero la Cámara Comercial ratificó el fallo de primera instancia que había rechazado su reclamo por el robo de las piezas.

Por otro lado, el ex gobernador de Entre Ríos, Sergio Urribarri, enfrenta un nuevo juicio por enriquecimiento ilícito. La acusación sostiene que el ex mandatario utilizó una red de testaferros con el fin de ocultar fondos y bienes de origen sospechoso. Antes de que se inicie el debate, la Justicia deberá definir qué pruebas podrán ser incorporadas al proceso judicial. Mientras tanto, Urribarri cumple condena por otras cinco causas relacionadas con corrupción.

Finalmente, la Procuraduría de Investigaciones Administrativas ha solicitado la reapertura de la causa conocida como $LIBRA, tras el sobreseimiento de Javier y Karina Milei. El organismo, que es dirigido por Sergio Rodríguez, ha asumido la acción penal y ha presentado una apelación subsidiaria para que la Cámara Federal intervenga en el caso. Esta decisión se suma a los recursos presentados por varios inversores involucrados en la causa.

Fuente original: [Infobae Judiciales](https://www.infobae.com/judiciales/2026/10/31/salmain-no-podia-seguir-siendo-juez-los-acusadores-del-magistrado-destituido-analizaron-el-fallo-y-advirtieron-sobre-las-fallas-en-los-controles/).

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