La oposición está cada vez más cerca de rechazar el decreto de “desburocratización” del Estado

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El debate comenzará en la comisión bicameral a principios de febrero. Si bien el DNU conseguirá dictamen favorable, sería rechazado en ambas cámaras.

El Poder Ejecutivo sabe que tendrá un “frente de batalla” muy importante en el Congreso durante este año. No se trata de la reforma laboral, cuyo “megapaquete” se encuentra “freezado” en el Senado y que el oficialismo busca retomar a través de proyectos dispersos.

El primer gran escollo que tendrá el macrismo este año será el tratamiento del decreto de necesidad y urgencia (DNU) denominado de “desburocratización y simplificación del Estado”, que despertó el rechazo generalizado de la oposición, que presiona con unirse para anularlo dentro del recinto.

El DNU 27/2018, firmado por el presidente Mauricio Macri, que modificó 140 leyes derogó otras 19, ya fue girado al Congreso e ingresó por el Senado.

Ahora, la norma deberá ser analizada por la Comisión Bicameral Permanente de Trámite Legislativo, cuyos representantes de ambas cámaras ya fueron designados, y resta que se constituya. En dicho cuerpo, Cambiemos contará con ocho de los 16 integrantes y podrá desempatar a su favor con el votodel presidente -que será alguien del oficialismo- para alzarse con el dictamen de mayoría y blindar la polémica norma, al menos en la comisión.

Se prevé que la comisión tenga el primer debate en los primeros días de febrero.

Aunque el DNU pase sin sobresaltos por la comisión bicameral, su suerte parece definida dentro del recinto. Es que el interbloque Argentina Federal, principal aliado opositor de Cambiemos en ambas cámaras, comenzó a mostrar signos explícitos de rechazo y, de acuerdo a fuentes consultadas por iProfesional, es poco probable que, en este caso, haya marcha atrás con esa postura.

El decreto 27/2018 introduce modificaciones o deroga normas relacionadas al SENASA, sociedades, Fondo Fiduciario para el Desarrollo de Capital Emprendedor, actividades portuarias, aviación civil, sistema métrico legal, marcas y patentes, fondo de garantía argentino, sociedades de garantía recíproca, firma digital, energía, obras de arte, promoción del trabajo, administración de bienes del Estado, Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) de la ANSES, licitaciones en obras públicas, industria, seguros y de potestades y funciones de la Unidad de Información Financiera (UIF).

Por lo pronto, el rionegrino Miguel Pichetto advirtió que el decreto es “abusivo” y “fue un poco mucho”.

Todo el arco opositor coincide en señalar que “no existió ni necesidad ni urgencia” para redactar un decreto que anula 19 leyes y modifica sustancialmente otras 140 durante el receso legislativo y que se podría haber convocado a sesiones extraordinarias.

Además, señala que la norma modifica cuestiones penales y tributarias que son facultades exclusivas del Congreso vedadas expresamente del ámbito del Poder Ejecutivo por la Constitución Nacional.

Desde el peronismo dialoguista, el diputado Pablo Kosiner cuestionó la amplitud de temas que contiene el decreto y deslizó que “hay cuestiones que ponen en riesgo su constitucionalidad”.

 En tanto, los legisladores del Frente Renovador mantienen una postura conjunta y fueron a la Justicia a presentar una acción declarativa de inconstitucionalidad.
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En este sentido, señalaron que el DNU regula en materia penal “cuando modifica normas que atañen la Unidad de Información Financiera (UFI) y a la denominada ‘Ley Antilavado’”; y lo hace en materia tributaria en “la modificación del artículo 147 de la Ley de Contratos de Trabajo (LCT), en el caso de que el embargo previsto en la norma proviniese de autoridad o Ente Público, ocasión en que redundaría en perjuicio ‘fiscal’ del trabajador”.

El oficialismo defiende la decisión presidencial. Uno de los diputados del PRO, Pablo Tonelli, negó que Mauricio Macri busque “gobernar por decreto”, consideró que no le parece que ese DNU “sea inconstitucional”, y aclaró que “hasta que las dos cámaras no lo rechacen, queda vigente”.

Para la izquierda, con ese “megadecreto” comenzó “la reforma laboral por la vía sumaria y ejecutiva” y “premia a las empresas negreras” porque “permite embargar las cuentas sueldo, cuando la familia trabajadora está fuertemente endeudada como resultado de la caída del poder adquisitivo de los salarios y jubilaciones”.

“En segundo lugar, reduce a solo 30 días la inclusión en el registro de infractores (antes podía ser de hasta tres años) de las empresas que superexplotan a trabajadores en negro, que son la friolera del 34,4% de los trabajadores argentinos, reduciendo también las multas”, agrega el diputado Néstor Pitrola.

Fuera del ámbito legislativo, el sindicalismo también se opone al DNU. En el comunicado emitido por la CGT, reclaman a los legisladores que “no acompañen con su voto la sanción de leyes que vulneran cercenan derechos de los trabajadores y los sectores más desprotegidos de la sociedad”.

El rechazo, principalmente se da “en lo atinente a los temas laborales (inembargabilidad del sueldo, tal como rezan las resoluciones de la OIT), prohibición de disposición de los fondos de la ANSES para la timba financiera, desfinanciamiento del sistema de Seguridad Social), por ser notoriamente inconstitucional”.

¿Cómo sigue el tratamiento legislativo?
De acuerdo a la Ley 26.122 de 2006, que establece el camino legislativo de los decretos de necesidad y urgencia, la Comisión Bicameral Permanente (encargada de controlar la legalidad de estas normas) debe expedirse acerca de su validez o invalidez del decreto y elevar el dictamen al plenario de cada Cámara para su expreso tratamiento.

El dictamen debe pronunciarse expresamente sobre la adecuación del decreto a los requisitos formales y sustanciales establecidos constitucionalmente para su dictado.

En este lugar, el oficialismo no tendría inconvenientes ya que, de acuerdo a la nueva composición parlamentaria, tendrá de los 16 miembros y la presidencia, lo que le permite desempatar en caso de igualdad.

Luego, el dictamen se eleva al plenario de ambas cámaras, para que éstas le den “inmediato y expreso tratamiento”.

Las cámaras no pueden introducir enmiendas, agregados o supresiones al texto del Poder Ejecutivo, por lo que deben aceptarlo rechazarlo en su totalidad mediante el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes.

No es posible aceptarlo parcialmente. Esta situación complica los planes del Poder Ejecutivo porque toda la oposición cuestiona alguna parte de la norma y afirmó que votarán contra ella.

La Ley 26.122 indica que el ambas cámaras deben rechazarlo expresamente para lograr su derogación, quedando a salvo los derechos adquiridos durante su vigencia. Si la aprueba cualquiera de ellas se ratificará su vigencia.

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