Lo que sigue es el decreto 0005/19 firmado por el Vicegobernador de la Provincia y el ministro de economía autorizando un aumento del 60% en la tarifa de luz para toda la provincia.
USHUAIA, 0 3 ENE. 2019 VISTO el expediente N° 16115-SH/2018 del Registro de ésta Gobernación; y CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Provincial N° 1062/2016, se estableció el Cuadro Tarifas para la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Río Grande Ltda., conforme Anexos I y II.
Que en el Artículo 2° se ratifica en todos sus términos el Anexo II del Decreto Provincial N° 3211/2011, que aprueba el Régimen Tarifario de la entonces Cooperativa de Servicios Públicos, Asistenciales, Consumo y Vivienda de Río Grande Ltda., vigente a la fecha.
Que los aumentos registrados en los costos del resto de insumos, bienes y servicios básicos necesarios para la prestación del Servicio Público de Electricidad sumado al precio del combustible, han superado ampliamente las posibilidades de absorción por parte de las tarifas vigentes.
Que resulta necesario efectuar modificaciones en el Cuadro Tarifario vigente, de conformidad con los Informes Técnicos obrantes en las actuaciones administrativas, a efectos de mantener el equilibrio económico-financiero de dicha Cooperativa Ltda.
Que por otro lado el fondo que percibe la Provincia proveniente del Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales (FCTUF) resulta insuficiente para neutralizar los ajustes tarifarios que se proponen.
Que sin embargo, en el marco indicado se determina la propuesta de aplicación del FCTUF en los montos a aplicar en las tarifas de los usuarios de la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Rio Grande Ltda., conforme se desarrolla en los informes técnicos en las presentes actuaciones a fin de mitigar parcialmente los efectos de los ajustes propuestos.
Que frente al impacto que implica el incremento tarifario, se aplica un Factor Transitorio de Ajuste Tarifario (FTAT), el cual se adecua conforme se establezca la tarifaria aplicable que corresponda, y conforme el Anexo II, parte integrante del presente.
Que el Presidente de la Dirección Provincial de Energía se encuentra facultado a realizar los ajustes necesarios en concepto de Factor Transitorio de Ajuste Tarifario (FTAT) mediante Decretos Provinciales N° 1402/2010, No 3211/2011, No 2533/2013 y No 1062/2016.
Que se ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 1° de la Ley Provincial N° 681 convocándose a audiencia pública la cual se llevó a cabo en la ciudad desde el día 06 de noviembre de 2018, en los términos, circunstancias y procedimientos
G.T.F.
…///2
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
“2018- AÑO DE LOS 44 HÉROES DEL
SUBMARINO ARA SAN JUAN”
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlantico Sur … República Argentina
0005/19 Poder Ejecutivo
///…2
determinados por dicha Ley, y conforme lo establecido por Ley Provincial N° 1060 y Resolución S.E.H. N° 056/2018.
Que en la audiencia mencionada expusieron los Sres. Norberto Renee Manzano y, Erasmo Villarroel, quienes apoyaron la propuesta realizada, y el Sr. Moisés Solorza, quien realizó una serie de consideraciones.
Que las cuestiones planteadas han sido debidamente analizadas y consideradas, conforme lo exige el artículo 6o de la Ley Provincial N° 681, por el Gerente Técnico y el apoderado de la cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Río grande Ltda. en el Informe obrante a fs. 189/192, por el Departamento de Planificación y Costos en el Informe No 503/18 incorporando a partir de fs. 193 y por Departamento Legal y Técnico en el Dictamen Legal No 48/18 obrante a partir de fs. 194/195, estos últimos dependientes de Dirección Provincial de Energía, a cuyo desarrollo me remito por razones brevedad surgiendo que aquellas no resultan atendibles desde el punto de vista técnico, económico y/o administrativo para alterar las modificaciones tarifarias propuestas y/o versan sobre cuestiones ajenas al procedimiento.
Que la Dirección General Legal: y Técnica de la Secretaría de Energia e Hidrocarburos ha tomado intervención mediante Dictamen Legal N° 46/2018.
Que ha tomado intervención la Secretaría Legal y Técnica de la Provincia de Tierra del Fuego mediante Informe S.L. y T°N°1576.
Que el suscripto se encuentra facultado para dictar el presente acto administrativo de acuerdo a lo establecido en los artículos 128 y 135 de la Constitución Provincial.
. Por ello: EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO,
ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR EN EJERCICIO DEL PODER EJECUTIVO
DECRETA: ARTÍCULO 1o.- DEROGAR los Anexo I y II del Decreto Provincial N° 1062/2016, mediante los cuales se aprobara el Cuadro Tarifario del Servicio de Energía Eléctrica que presta la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Río Grande Ltda. Ello por lo expuesto en los considerandos del presente. ARTÍCULO 2o.- APROBAR la Modificación del Cuadro Tarifario de la Cooperativa Eléctrica y Otros Servicios Públicos de Río Grande Ltda. Como prestataria del Servicio Público de Energia Eléctrica de la ciudad de Río Grande, de acuerdo a los Anexos I y II, parte integrante
G.T.F. …///3
“Las Islas Malvinas, Georgies y Sandwich del Sur son y serán Argentines.”
2018 – ANO DE LOS 44 HÉROES DEL SUBMARINO ARA SAN JUAN
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlantico Sur República Argentina
Poder Ejecutivo
LA
///…3 del presente. Ello por lo expresado en los considerandos. ARTÍCULO 3o- ESTABLECER la aplicación de lo dispuesto en el artículo precedentemente a partir de las facturaciones emitidas a partir del 1° de diciembre de 2018. ARTÍCULO 4o.- AUTORIZAR el pago de los montos resultantes de la liquidación del subsidio proveniente del Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales (FCTUF) se hará efectivo en la medida en que se reciban los importes previstos de dicho fondo y conforme facultades otorgadas al Presidente de la Dirección Provincial de Energía por Decreto Provincial N° 2318/2008. ARTÍCULO 5.- AUTORIZAR a la Dirección Provincial de Energía, en caso de resultar insuficientes los fondos percibidos en concepto de Fondo Subsidiario para Compensaciones Regionales de Tarifas a Usuarios Finales (FCTUF) para saldar completamente el monto subsidiado a distribuir la liquidación del mismo de acuerdo a la disponibilidad del mismo. ARTÍCULO 6o.- AUTORIZAR la aplicación del Factor Transitorio de Ajuste Tarifario (FTAT) en forma transitoria la que será determinada en los tiempos y formas que se considere necesario y en virtud de las facultades otorgadas al Presidente de la Dirección Provincial de Energiamediante Decreto Provincial N° 1402/2010, No 3211/2011, No 2533/2013 y No 1062/2016, y lo dispuesto por el presente Decreto. ARTÍCULO 7°-COMUNICAR. Dar al Boletín Oficial de la Provincia. Archivar.
DECRETO NO
0005 / 19
G.T.F.
RA Amma
C.P. José Daniel LABROCA
Ministro de Economía
Juan Carlos ARCANDO
Vengobernador en Ejercicio del Poder Ejecutivo
“Las Islas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
“2018- AÑO DE LOS 44 HÉROES DEL
SUBMARINO ARA SAN JUAN”
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida
e Islas del Atlántico Sur República Argentina
Poder Ejecutivo
ANEXO I – DECRETO PROVINCIAL No 0005 / 19
CUADRO TARIFARIO COOPERATIVA ELÉCTRICA Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS DE RIO GRANDE LTDA.
Unidad
Unidad
importe
Importe
FTAT
FTAT
TARIFA 1 – PEQUEÑAS DEMANDAS
202.26
$/mes $/kWh
T1-R Uso residencial
Cargo fijo (haya o no consumo) Cargo Variable por energia:
Primeros 150 kWh/mes Siguientes 150 kWh/mes Excedente de 300 kWh/mes
3.7986 4,0785 4,3483
1.000 1,000 1.000
202.26
T 1G Uso General
Cargo fijo (haya o no consumo) ” Cargo Variable por energía:
Primeros 1000 kWh/mes Siguientes 1300 kWh/mes Excedente de 2300 kWh/mes
$/mes $/kWh
4.3051 4.6717 5.2633
1.000 1.000 1.000
TARIFA 2 – MEDIANAS DEMANDAS con Potencia Contrata da mayor a 10 y menor a 30 kW
Cargo Fijo
$/mes Por capacidad de suministro contratada
$/kW-mes Cargo Variable por energia:
$/kWh
962.63 686.69 1.4276
1.000
TARIFA 3 – GRANDES DEMANDAS con Potencia Contratada igual o mayor a 30 kW
Potencia Potencia
desdo igual 30 ha sta 300 o mayor a
kW 300 kW
18,967
18,967
Media Tensión
Cargo fijo
$/mes Cargo por potencia
$/kW-mes Por capacld.de suministro contratada on hs de punta Por capacid.de suministro contratada en hs fuera de punta Cargo por suministro de potencia
$/kW-nes Cargo por consumo de energfa
$/kWh Período horas de punta Período horas de resto Periodo horas de valle FAT
103.90
83.22 248.49
103.90
83.22 248.49
1.5131 1.4913 1.4765 1.0000
1.5131 1.4913 1.4765 1.0000
6367.70
6367.70
Bornes Trafo Madia a Baja Tensión
Cargo fijo Cargo por Potencia
Por capacid.de suministro contratada en hs de Por capacid, de suministro contratada en hs fue
Cargo por suministro de potencia Cargo por consumo de energía
Período horas de punte Periodo horas de resto Perlado horas de valle FAT
$/mes $/kW-mes $/kW-mes $/kW-mes
$/kWh
221.75 161,69 250.10
221.75
161.69 250.10
1.6739 1.6510 1.6347 1.0000
1.6739 1.6510 1.6347 1.0000
6367.70
6367.70
Baja Tenslon
Cargo fijo
$mes Cargo por Potencia
$/kW-mes Por capacld.de suministro contratada en hs de punta Por capacid, de suministro contratada en hs fuera de punta
Cargo por suministro de potencia Cargo por consumo de energia
Periodo horas de punta Periodo horas de resto Período horas de valle FAT
375.54 268.85 263,62
375,54 268.85 263.62
1.7346 1.7106 1.6938 1.0000
1.7346 1.7106 1.6938 1.0000
TARIFA 4 – ALUMBRADO PÚBLICO
AP1 Suministro de energia y mantenimiento
$/kWh
Cargo variable por energia ALUMBRADO PUBLICO INCLUYE MANTENIMIENTO
5.2398
TARIFAS TRANSITORIAS
G.T.F.
T2 – Taifa Transitoria
Cargo Fijo Cargo Variable
$/mes $/kWh
962.63 3,8134
T3 MT – Tarifa Transitoria
Cargo Fijo Cargo Varable
$/mes $/kWh
18967.26
2.2510
T3 BT – Tarifa Transitoria
Cargo Fijo Cargo Vanable
$/mes S/kWh
6367.70
3.8489
Pan Islas Malvinks, Georgias y Saeima pith del Sur son y serán Argentinas”
Rosé Dantel LA BROCA. Juan Carlos ARCANDO
Ministro de Economia Vicegobernador en
Ejercicio del Poder Ejecutivo
“2018- ANO DE LOS 44 HÉROES DEL
SUBMARINO ARA SAN JUAN
Provincia de Tierra del Fuego, Antártida
e Islas del Atlántico Sur
República Argentina : Poder Ejecutivo
ANEXO II – DECRETO PROVINCIAL N° 0005/19
Factor Transitorio de Ajuste Tarifario (FTAT) COOPERATIVA ELÉCTRICA Y OTROS SERVICIOS PÚBLICOS DE RÍO GRANDE LTDA.
RÍO GRANDE
TARIFA THG T2
MES DE APLICACIÓN
FAT MES
TURI
T3
Dic-18
1 2
Ene-19 Feb-19 Mar-19 Abr-19
0.750 0.806
0.866 – 0.931
1.000
0.750 0.806 0.866 0.931 1.000
0.800 0.846 0.894 0.946 1.000
0.850 10.885
0.922 0.960 1.000
.
4
G.T.F.
C.P. José Daniel LABROCA . Ministen : Economía
Juan Carlos ARCADO
Vicegobernador en Ejercicio del Poder Ejecutivo
“Las Alas Malvinas, Georgias y Sandwich del Sur son y serán Argentinas”
Fuente: Lalicuadoratdf